Ya es legal darle regalos a la presidenta y a sus funcionarios
- Redacción El Salmón
- hace 4 días
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Una nueva directiva interna del Despacho Presidencial autoriza la entrega de obsequios, pasajes, joyas y otros bienes sin límite de valor, bajo supuestos amplios y sin mecanismos efectivos de control. La norma se aprueba en pleno escándalo por los Rolex y las joyas no declaradas por Dina Boluarte.
Una norma exprés y con amplio alcance
El pasado 1 de julio, el Despacho Presidencial aprobó la Directiva N.º 004-2025-DP/SG, una norma interna que regula la recepción de regalos, donaciones y cortesías por parte de la presidenta Dina Boluarte, así como de los funcionarios y trabajadores de Palacio de Gobierno. Esta nueva política reemplaza un reglamento anterior, mucho más restrictivo, aprobado en junio de 2021, que limitaba la aceptación de presentes a objetos protocolares de bajo valor como lapiceros institucionales, agendas o recuerdos simbólicos.
La nueva directiva fue elaborada por la Oficina de Integridad Institucional del propio Despacho Presidencial, revisada por las oficinas de Recursos Humanos, Planeamiento y Asesoría Jurídica, y finalmente firmada por el secretario general Ysmael Mayuri Quispe, el mismo funcionario que autorizó el reciente aumento de sueldo de la presidenta. Todo el proceso se completó en menos de 24 horas.
Regalos sin tope y por casi cualquier motivo
Uno de los aspectos más cuestionables del nuevo reglamento es que ya no establece un límite de valor económico para los regalos que puede recibir la presidenta o su entorno. El artículo 11 permite la aceptación de bienes considerados “excepcionales” por su carácter simbólico, afectivo, tradicional, ceremonial o cultural. Pero no define qué se entiende por esos términos ni establece mecanismos externos de evaluación. La decisión queda a criterio del propio Despacho Presidencial.
Entre los supuestos permitidos se incluyen no solo actos oficiales como visitas protocolares o eventos diplomáticos, sino también motivos personales: cumpleaños, logros profesionales, aniversarios o conmemoraciones. Además, se autoriza la entrega de obsequios por parte de “amigos, familiares o personas con las que se tenga algún grado de cercanía”, siempre que no estén involucrados en procesos administrativos o contractuales con el Estado.
Esto significa, en los hechos, que la presidenta puede recibir joyas, relojes, objetos de lujo o donaciones personales sin restricción legal clara, siempre que se justifique como un acto “afectivo” o “cultural”.
También se permiten pasajes y viajes pagados
Un punto poco difundido pero de gran relevancia es el artículo 10 de la norma, que autoriza expresamente la aceptación de pasajes de transporte aéreo, terrestre o marítimo, así como otros servicios complementarios, siempre que estén vinculados a actividades oficiales. La única condición es que se trate de una “cortesía sin contraprestación” y que cuente con un informe de pertinencia elaborado por el área de administración del Despacho.
Esto abre la puerta a que instituciones, gobiernos regionales, empresas o incluso particulares puedan financiar viajes para la presidenta y sus funcionarios, sin necesidad de concursos públicos ni rendición detallada de cuentas. No se establece un tope de valor, ni se contempla un registro público obligatorio.
Control interno débil y sin supervisión externa
Aunque la norma dispone que los regalos aceptados deben ser registrados en un inventario físico o virtual, dicho registro es manejado exclusivamente por el área administrativa de Palacio. No se obliga a publicarlo ni a remitirlo a la Contraloría General de la República. Tampoco hay un protocolo para devolver obsequios ni para informar de manera periódica sobre su destino.
El procedimiento se reduce a llenar un acta interna, sin participación de organismos externos. En un país con instituciones frágiles y alta tolerancia a la opacidad, esta omisión es significativa: la norma permite legalizar una práctica con riesgos evidentes de corrupción, tráfico de influencias o enriquecimiento indebido.
El caso Rolex y la autolegalización del beneficio
Esta modificación normativa no ocurre en el vacío. Desde marzo de 2024, la presidenta Dina Boluarte es investigada por el Ministerio Público por presunto enriquecimiento ilícito, tras revelarse que poseía varios relojes Rolex, joyas Cartier y otros artículos de lujo no declarados en su hoja de vida ni en sus informes patrimoniales. Varios de estos bienes fueron entregados por el gobernador de Ayacucho, Wilfredo Oscorima, quien tenía intereses presupuestales ante el Ejecutivo.
Inicialmente, Boluarte alegó que los objetos eran “préstamos entre amigos”. La respuesta fue ampliamente cuestionada. Hoy, con la nueva norma en vigencia, ese tipo de entregas puede ser justificado como “regalos personales de afecto”. Es decir, lo que antes era un escándalo legal ahora se convierte en una práctica regulada.
Especialistas alertan sobre los riesgos
Diversos penalistas y expertos en ética pública han advertido que esta norma contradice principios establecidos en la Ley N.º 28024 sobre ética en la función pública, así como en el Código de Ética aprobado por Decreto Supremo N.º 033-2005-PCM. Ambas normas establecen que los funcionarios deben abstenerse de recibir bienes o servicios que puedan comprometer su imparcialidad o dar lugar a conflictos de interés.
El abogado penalista Marco Olivas señaló que “la ausencia de topes, la falta de definición precisa y la permisividad respecto a quién puede donar y con qué motivo abren un riesgo claro de cohecho, colusión o tráfico de influencias”. Por su parte, Walter Palomino, experto en derecho administrativo, advirtió que la norma vulnera el principio de legalidad si se interpreta como habilitación para recibir beneficios sin mecanismos de control público.
¿Una república basada en obsequios?
Más allá del debate jurídico, la aprobación de esta directiva plantea preguntas de fondo sobre el tipo de cultura política que se está consolidando. En lugar de fortalecer los controles éticos y promover una administración austera y transparente, el Estado peruano ha formalizado —por vía administrativa— una práctica basada en regalos, favores y relaciones personales, justo cuando la mandataria se encuentra bajo investigación fiscal.
La norma no solo debilita el principio de neutralidad e imparcialidad en la función pública. También instala la idea de que el poder puede ser mimado, premiado y consentido por sus aliados, sin que eso tenga consecuencias jurídicas ni políticas.
Mientras tanto, el Congreso no ha formulado objeción alguna. La Contraloría ha emitido una declaración tibia indicando que “monitoreará” la implementación de la norma, sin anunciar acciones concretas. Y el Poder Judicial aún no se pronuncia sobre posibles conflictos con principios constitucionales.