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La elección de Aladino Gálvez es ilegal. Aquí las razones


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La designación de Aladino Gálvez como fiscal de la Nación interino profundiza la crisis institucional del país. Aunque presentada como una medida temporal tras la suspensión de Delia Espinoza, responde en realidad a decisiones irregulares y maniobras políticas que ponen en riesgo la independencia del sistema de justicia. Los argumentos expuestos en esta nota se basan en un pronunciamiento remitido por el Instituto de Defensa Legal (IDL) a la Junta de Fiscales Supremos, donde se advierte que este escenario fue aprovechado para imponer a Gálvez en el cargo, pese a que su perfil vulnera principios legales y éticos fundamentales para dirigir la institución.


El camino hacia una elección viciada


Tras la suspensión de Espinoza, la Junta de Fiscales Supremos debía designar a un reemplazo interino. El reglamento indica que el cargo debe recaer en el fiscal supremo con mayor antigüedad o, en su defecto, ser decidido por votación entre sus miembros. Aunque existían otras opciones —como el fiscal Pablo Sánchez, quien declinó el encargo, o Zoraida Ávalos, que también rehusó asumirlo—, la Junta terminó eligiendo a Aladino Gálvez con el respaldo de un bloque afín a Patricia Benavides, a pesar de sus cuestionados antecedentes disciplinarios y vínculos políticos.


La trayectoria de Gálvez explica por qué su designación ha sido calificada de ilegal por constitucionalistas y organismos de derechos humanos. En 2021 fue destituido por la JNJ por faltas muy graves, entre ellas interferencia en investigaciones fiscales y uso indebido del cargo. Aunque fue reincorporado por una resolución del Tribunal Constitucional en 2023, su regreso no borró los hechos que motivaron su salida. En paralelo, Gálvez incursionó abiertamente en la arena política, afiliándose a un partido y expresando públicamente su intención de postular a la presidencia. Esa conducta, incompatible con la función fiscal, vulnera el principio de independencia que la Ley de la Carrera Fiscal (N.º 30483) exige como condición mínima para el ejercicio del cargo.


La independencia fiscal: un requisito, no un formalismo


La independencia —ser y parecer independiente— es un pilar del sistema de justicia. No se trata de un tecnicismo jurídico, sino de una garantía fundamental para la ciudadanía: sin fiscales libres de presiones políticas, no puede haber persecución imparcial del delito ni justicia confiable. El problema en el caso Gálvez es que sus vínculos con actores partidarios no solo son notorios, sino recientes. En 2024, asistió a eventos políticos junto a dirigentes investigados por corrupción, como el excongresista Jorge del Castillo, quien incluso intervino públicamente a su favor en procesos administrativos.


La Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Estrasburgo han establecido que los fiscales deben no solo actuar con independencia, sino proyectarla. En ese marco, la designación de Gálvez constituye una violación directa del derecho de toda persona a acceder a una justicia imparcial, protegido por la Constitución peruana y tratados internacionales.


Un precedente que vulnera derechos fundamentales


El nombramiento de un fiscal sin apariencia de independencia no es un error menor: implica vulnerar derechos fundamentales y puede incluso invalidar decisiones institucionales. Según el artículo 10 de la Ley del Procedimiento Administrativo General (N.º 27444), los actos del Estado contrarios a la Constitución o a derechos fundamentales son nulos de pleno derecho. El nombramiento de Gálvez, por tanto, podría ser impugnado judicialmente por carecer de validez legal.


Además, el Ministerio Público, como órgano autónomo, tiene el deber constitucional de defender la legalidad. Al elegir a una figura con antecedentes disciplinarios graves y vínculos políticos activos, incumple esa obligación y envía un mensaje devastador sobre el estado del sistema judicial: la ley puede ser ignorada cuando resulta incómoda para ciertos intereses.


Ética, legitimidad y crisis institucional


Más allá de las normas, está la dimensión ética del cargo. Los fiscales deben conducirse con respeto, prudencia y transparencia. Sin embargo, Gálvez ha protagonizado discursos agresivos contra sus colegas, ha descalificado públicamente investigaciones en curso y ha promovido narrativas políticas desde un cargo que debería mantenerse neutral. Estos comportamientos, documentados desde su etapa anterior como fiscal supremo, debilitan aún más la legitimidad del Ministerio Público.


La elección también ocurre en un contexto particularmente delicado. El país enfrenta una crisis profunda de derechos humanos e institucionalidad, marcada por denuncias de represión estatal, debilitamiento de organismos de control y retrocesos en la lucha anticorrupción. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la ONU han expresado su preocupación por la politización del sistema de justicia y el hostigamiento a fiscales del Equipo Especial Lava Jato. En lugar de fortalecer su autonomía, el Ministerio Público parece ahora ceder ante presiones externas.


Cuando la legalidad se convierte en obstáculo


Uno de los argumentos esgrimidos por quienes defienden la designación de Gálvez es que la ley no prohíbe explícitamente su nombramiento. Sin embargo, este razonamiento omite que la Constitución y la legislación vigente no solo establecen requisitos formales, sino también principios sustantivos —como la independencia, la ética y el respeto a los derechos fundamentales— que deben guiar toda decisión institucional. El hecho de que Gálvez haya sido reincorporado por un fallo judicial no lo convierte automáticamente en idóneo para dirigir el Ministerio Público.


Casos como el del juez César Hinostroza, a quien el Consejo Nacional de la Magistratura le negó un ascenso pese a que no tenía sanciones vigentes, muestran que las instituciones no solo pueden, sino deben, ponderar la integridad y apariencia de sus autoridades. Ignorar este estándar debilita el sistema entero.


La designación de Aladino Gálvez no es un episodio aislado: forma parte de un proceso más amplio de captura institucional. Permitir que una figura con antecedentes disciplinarios, vínculos políticos activos y cuestionamientos éticos dirija el Ministerio Público implica normalizar la politización de la justicia y desmantelar las garantías constitucionales desde adentro.



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