El país de los padres en fuga
- Redacción El Salmón

- hace 22 horas
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Actualizado: hace 26 minutos

Las cifras oficiales del Poder Judicial confirman lo que miles de madres denuncian a diario: el incumplimiento de la obligación paterna —económica y de reconocimiento legal— crece año tras año, mientras el aparato estatal apenas logra sancionar a una fracción mínima de los responsables.
El abandono paterno en el Perú no es una percepción ni una anécdota repetida en redes sociales: es un fenómeno medible, en expansión y con un correlato institucional que, según la evidencia disponible, ha sido incapaz de revertir la tendencia. Entre el incumplimiento de pensiones alimenticias y la negativa a reconocer legalmente a los hijos, el Estado peruano administra hoy un problema que golpea de manera desproporcionada a las mujeres y profundiza la pobreza de los hogares monoparentales.
La cifra que no deja de crecer
El indicador más directo de la magnitud del problema es el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) del Poder Judicial, que inscribe a las personas —en la inmensa mayoría de los casos, padres— que incumplen el pago de una pensión de alimentos fijada por sentencia judicial o acuerdo conciliatorio con calidad de cosa juzgada.
La progresión es elocuente. En 2021 se inscribieron 421 personas morosas en todo el país. En 2022 la cifra subió a 994. En 2023 se triplicó hasta 3.115. En 2024 llegó a 7.495. Y durante 2025, el propio Poder Judicial confirmó que más de 8.000 personas adicionales fueron incorporadas al registro solo durante ese año, lo que representa un incremento de 1.680% respecto de 2021. Actualmente (2026), el número de inscripciones vigentes —es decir, el total acumulado de deudores activos en el sistema— es de 18.223 personas a nivel nacional.
Huánuco (191 casos), Arequipa (108 casos), Lima (43 casos) y Amazonas (37 casos) concentran el mayor número de casos registrados, mientras que regiones como Cajamarca, San Martín, Ucayali o Sullana presentan cifras menores, una disparidad que las propias autoridades judiciales atribuyen no necesariamente a menor incumplimiento, sino a diferencias en la capacidad de control y litigio de cada distrito judicial.
El dato más revelador, sin embargo, no es cuántos ingresan al registro, sino cuántos salen de él tras regularizar su deuda: apenas entre 60 y 70 personas, de más de 8.000 inscritas en 2025, lograron ser excluidas del Redam al cumplir con sus obligaciones. La tasa de regularización ronda el 1%.
Las consecuencias legales existen, pero no alcanzan
La inscripción en el Redam —regulado por la Ley 28970 y su reglamento— acarrea sanciones formales: impide postular a cargos de elección popular, contratar con el Estado, acceder a créditos financieros y obtener empleo en entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, a la que el Poder Judicial remite la lista de morosos cada mes. El incumplimiento sostenido también habilita medidas de embargo, retención de ingresos o descuento directo por planilla, y en los casos más graves puede derivar en responsabilidad penal por el delito de omisión a la asistencia familiar, con penas de hasta tres años de prisión.
Pese a ese andamiaje normativo, el propio Poder Judicial reconoce que la tendencia es de incremento sostenido y no de contención. En diciembre de 2024, la institución desarrolló la Campaña de Endosos Judiciales, mediante la cual jueces y juezas entregaron de forma presencial, en zonas rurales y alejadas, certificados de depósitos alimentarios que llevaban años sin ser cobrado por las madres beneficiarias: la campaña entregó S/ 65,328,745 correspondientes a endosos de depósitos judiciales por pensión de alimentos en favor de miles de madres y menores alimentistas, una cifra que ilustra tanto la magnitud de la deuda acumulada como las barreras de acceso que enfrentan las familias para cobrar lo que ya les corresponde por sentencia.
El otro abandono: hijos que ni siquiera son reconocidos
Más allá del incumplimiento alimentario, existe una dimensión distinta y a menudo invisibilizada del abandono paterno: la negativa a reconocer legalmente la paternidad. Desde 2005, la Ley 28457 regula el proceso de filiación judicial de paternidad extramatrimonial, un mecanismo pensado para agilizar lo que antes podía tomar años de litigio. Bajo esta norma —reformada en 2011 y nuevamente en 2017—, la madre o cualquier interesado puede solicitar ante un juzgado de paz letrado que se declare la paternidad; si el hombre demandado no se opone dentro de los diez días siguientes a la notificación, el juzgado declara la paternidad de manera directa. Si se opone, queda obligado a someterse a la prueba de ADN, y si se niega a realizarla o no la paga, el juzgado declara la paternidad por el solo vencimiento del plazo.
El mecanismo, sin embargo, no resuelve por sí mismo el problema de fondo: localizar al padre, sostener el proceso judicial y, después, lograr que efectivamente cumpla con la manutención. La exoneración del pago de tasas judiciales, incorporada en la reforma de 2017, buscó precisamente reducir las barreras económicas para que las madres —en su mayoría de bajos recursos— pudieran iniciar la demanda sin que el costo del trámite se sumara a la carga que ya implica criar en solitario.
Un problema que recae casi por completo sobre las mujeres
Las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) permiten dimensionar quién termina asumiendo, en la práctica, el costo del abandono paterno. Según la Encuesta Nacional de Hogares, de los 9,9 millones de hogares del país, 37,7% están liderados por mujeres (dato 2024), una proporción que casi se ha duplicado desde 1997, cuando representaba el 18,5%. De ese universo, los hogares nucleares monoparentales —una madre sin pareja a cargo de sus hijos— constituyen más de la mitad de los hogares con jefatura femenina.
El correlato económico es igual de claro: los hogares monoparentales liderados por mujeres registran mayor prevalencia de pobreza extrema que el promedio nacional, y entre 2019 y 2023 esa prevalencia aumentó 5,6 puntos porcentuales. Las cifras del propio INEI sobre la maternidad en el país muestran además que, hacia 2025, alrededor de uno de cada cinco hogares de madres corresponde a mujeres separadas, una categoría que en términos prácticos suele traducirse en crianza monoparental con escaso o nulo aporte del padre.
El Congreso de la República mantiene en discusión iniciativas vinculadas a la responsabilidad parental, aunque ninguna ha resuelto de fondo el problema del abandono. Entre las más relevantes figura el Proyecto de Ley 9284/2024-CR, que busca modificar el artículo 479 del Código Civil para impedir que un padre que abandonó a sus hijos durante la infancia pueda, décadas después, exigirles una pensión alimentaria en su vejez invocando el vínculo biológico. La propuesta responde a casos concretos de padres ausentes que, ya reconocidos legalmente, reaparecen para reclamar manutención sin haber asumido jamás el costo de la crianza, y plantea introducir el principio de "inexigibilidad" cuando se acredite abandono previo. El proyecto continúa en comisiones sin que se conozca una fecha de dictamen.
Un patrón que se repite en la región
El comportamiento observado en el Redam peruano no es un caso aislado en América Latina. En Argentina, un informe oficial del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires, basado en una encuesta a 6.442 mujeres y publicado en 2022, encontró que el 51,2% de las encuestadas no recibía ningún tipo de aporte por parte del padre de sus hijos. Del 41,2% que sí recibía algún aporte económico, solo el 24,9% lo hacía de manera regular y el 15,3% restante de forma irregular; otro 7,9% señaló que el padre cumplía a través de la cobertura directa de gastos específicos, sin entrega de dinero. En conjunto, más de dos tercios de las mujeres encuestadas no recibían un aporte regular y sostenido.
Chile, por su parte, puso en marcha en noviembre de 2022 su Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos; según el balance oficial del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género al cumplirse un año de funcionamiento, hacia noviembre de 2023, el sistema había recibido 194.582 causas y acumulaba más de 166.000 deudores inscritos con una deuda conjunta superior a los 95.000 millones de pesos chilenos.
Estas cifras —provenientes de fuentes estatales de cada país— indican que el incumplimiento de la obligación paterna, tanto económica como de reconocimiento, es un fenómeno estructural en la región y no una particularidad peruana. También muestran un denominador común: los registros públicos de deudores alimentarios son, en casi todos los casos, herramientas creadas en los últimos cinco años, lo que sugiere que la región entera llega tarde a un problema que ya golpeaba a millones de hogares antes de que existiera siquiera la capacidad estatal para medirlo.
El cruce de los datos disponibles dibuja un cuadro consistente: el incumplimiento paterno —tanto en su forma económica como en el reconocimiento legal— crece de manera sostenida, los mecanismos de sanción existen pero alcanzan a una fracción mínima de los responsables, y el costo recae casi exclusivamente sobre las madres y sus hijos, con un impacto directo y medible sobre la pobreza de esos hogares. Mientras el Redam siga creciendo a un ritmo de 1.680% en un lustro (421 en 2021 → 7.495 en 2024) y la tasa de regularización se mantenga por 0.75% (60/8.000), cualquier discurso oficial sobre protección de la niñez y la familia tendrá que medirse contra esa brecha entre la norma escrita y su cumplimiento real.










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