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Argumentos en contra de bajar la edad penal en Perú


El Congreso peruano ha aprobado la Ley 32330 que permite juzgar como adultos a adolescentes de 16 y 17 años por delitos graves. Esta medida, impulsada por el populismo punitivo, no aborda las causas profundas de la delincuencia juvenil y representa un retroceso en derechos humanos. Diversos expertos e instituciones cuestionan su eficacia y consecuencias. A continuación, se exponen los principales argumentos críticos.


Reducir la edad penal no disminuye el delito


Numerosos estudios y experiencias internacionales concluyen que bajar la edad penal o endurecer las penas para adolescentes no mejora la seguridad, y puede incluso aumentar la reincidencia y agravar los procesos de criminalización. Esto se debe a que el entorno carcelario no rehabilita, sino que expone a los adolescentes a dinámicas criminales más complejas, facilitando su inserción en redes delictivas. La idea de que el castigo más duro genera miedo y disuasión entre menores de edad carece de respaldo empírico. En Perú, según datos del Ministerio del Interior y la Policía Nacional, menos del 6 % de los delitos son cometidos por menores, lo que evidencia que el problema central está en el crimen adulto y en las causas estructurales de la violencia, no en los adolescentes.


El sistema penal juvenil ya ofrece mecanismos eficaces de sanción


Perú ya cuenta con un sistema especializado de justicia penal juvenil que permite sancionar de forma proporcional y diferenciada a adolescentes infractores. El Decreto Legislativo 1348 regula el proceso penal juvenil desde los 14 años, permitiendo sanciones privativas de libertad de hasta 10 años en casos de delitos graves. Además, las estadísticas del Poder Judicial muestran que la tasa de reincidencia en este sistema es mínima —alrededor del 2 %— cuando se aplican medidas socioeducativas. Es decir, el sistema funciona cuando se aplica correctamente y con recursos. Bajar la edad penal implicaría desmantelar este esquema que ha demostrado efectividad, sustituyéndolo por un modelo punitivo que no responde a la lógica de reinserción ni atiende las particularidades del desarrollo adolescente.


Juzgar a adolescentes como adultos contradice compromisos internacionales


Perú es signatario de la Convención sobre los Derechos del Niño y de otros tratados internacionales que obligan al Estado a proteger a la niñez y adolescencia. Estos instrumentos establecen que el sistema de justicia juvenil debe ser restaurativo y tener como fin principal la reintegración del menor a la sociedad, no su castigo ejemplarizante. La Ley 32330 contradice este enfoque, al permitir que adolescentes sean tratados penalmente como adultos, con procesos y condenas que no consideran su etapa de desarrollo. Diversas agencias de Naciones Unidas han alertado que esta medida vulnera obligaciones legales asumidas por el Perú, y han exhortado al Congreso a no reducir la edad penal mínima. Mantener un sistema juvenil diferenciado no es un gesto de permisividad, sino un mandato jurídico y ético basado en el interés superior del niño.


El desarrollo cerebral en adolescentes no justifica su equiparación a adultos


La neurociencia ha demostrado de forma contundente que el cerebro humano no está completamente desarrollado durante la adolescencia. Las áreas encargadas de la regulación emocional, el juicio moral y el control de impulsos —ubicadas en la corteza prefrontal— maduran de forma progresiva hasta los 21 o incluso 25 años. Esto significa que los adolescentes, aunque puedan comprender lo que está bien o mal, tienen menor capacidad para anticipar las consecuencias de sus actos o resistir presiones externas. Al juzgarlos como adultos, se desconoce esta realidad biológica y se impone una responsabilidad que no corresponde a su nivel de madurez. La justicia penal juvenil parte precisamente de este principio: que las respuestas frente a los delitos cometidos por adolescentes deben considerar sus posibilidades de cambio, aprendizaje y reintegración.


Las cárceles peruanas no son lugares adecuados para adolescentes


Uno de los principales peligros de bajar la edad penal es que adolescentes de 16 o incluso 14 años terminen en cárceles que no están preparadas para recibirlos. El sistema penitenciario peruano enfrenta una grave crisis estructural: hacinamiento, falta de personal especializado, condiciones insalubres y presencia de organizaciones criminales dentro de los penales. En este contexto, enviar a un menor a una prisión para adultos no solo no lo rehabilita, sino que lo expone a nuevos traumas, a violencias sistemáticas y a la posibilidad de ser captado por mafias. La Defensoría del Pueblo ha advertido que la aplicación de la Ley 32330 podría generar “daños irreversibles” en adolescentes, tanto físicos como psicológicos. La política penal no puede ignorar estas consecuencias cuando existen alternativas más humanas y eficaces.


Reducir la edad penal es una medida populista y no estructural


Frente a la presión mediática y el aumento de delitos cometidos por menores, muchas veces se recurre a propuestas punitivas como respuesta rápida. Sin embargo, este tipo de medidas suele responder más a la lógica del castigo simbólico que a una política pública sostenida y efectiva. El verdadero problema de la delincuencia juvenil está vinculado con factores estructurales como la pobreza, la exclusión social, la deserción escolar, el abandono familiar y la falta de oportunidades. Mientras estas condiciones no sean abordadas con políticas educativas, sociales y preventivas, la criminalidad juvenil persistirá. Bajar la edad penal no ataca las causas, solo castiga los efectos. Por eso, muchos especialistas coinciden en que se trata de una medida populista, que genera réditos políticos a corto plazo, pero profundiza los problemas a largo plazo.


Aplicar esta ley sin infraestructura y garantías viola principios básicos del derecho


Además de su contenido regresivo, la Ley 32330 presenta serios vacíos prácticos y legales. El Estado peruano no cuenta con la infraestructura ni con el personal especializado para implementar un régimen penal mixto que respete los derechos de los adolescentes. En la práctica, muchos jóvenes serían trasladados a penales comunes, sin los cuidados requeridos ni los programas educativos que exige la ley. Esta situación contradice principios constitucionales como el de legalidad, proporcionalidad y el interés superior del menor. La Defensoría del Pueblo ya ha interpuesto una demanda de inconstitucionalidad contra la norma, al considerar que su aplicación puede implicar violaciones sistemáticas de derechos fundamentales. Forzar la implementación de una ley sin condiciones adecuadas no solo es ineficaz, sino también irresponsable desde el punto de vista jurídico.


La propuesta de bajar la edad penal es una respuesta simplista a un problema complejo. En lugar de enfrentar las causas reales de la violencia juvenil —como la pobreza, la falta de educación y salud mental, o la exclusión social— se recurre a castigos más duros que solo profundizan el problema. Esta medida obedece más al oportunismo político que a una verdadera política de justicia. No se trata de ser indulgentes, sino de ser efectivos: el castigo por sí solo no resuelve nada.

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